• Jueves 2 de abril de 2026

Protección nacional

Para el Plan de Protección contra Incendios Forestales de la temporada 2014-2015, las empresas nucleadas en la Sociedad de Productores Forestales (SPF) aumentaron exponencialmente su inversión. El resultado fue una cobertura de casi el 90% del área forestada y un período estival sin pérdidas.

Esta temporada, el Plan de Protección contra Incendios Forestales se extendió mucho más allá  de la región sureste, donde se había implementado en años anteriores. Con alcance nacional, el plan formulado en el marco de la SPF con técnicos especialistas brindó protección a 720.000 hectáreas efectivas de bosque plantado, pertenecientes a socios de la institución.

El objetivo del Plan fue contar con un sistema que permitiera detectar focos de humos que representaran una amenaza para los bosques y atacarlos rápidamente, de manera de evitar que se transformaran en un incendio. Para ello se dispuso de seis aviones, 16 torres de localización de humos y videocámaras para la detección, y de tres helicópteros equipados de helibalde y capaces de transportar una brigada de bomberos especialmente entrenados para la tarea con su equipamiento para el combate de los mismos. Dichos recursos ubicados en Tacuarembó, Guichón y Treinta y Tres fueron coordinados desde una base de operaciones radicada en Maldonado.

El período durante el cual estuvo operativo el sistema fue desde el 15 de diciembre de 2014 hasta el 5 de abril de 2015. Durante dicho lapso se detectaron 2.325 focos y se debió combatir 76 de ellos. Afortunadamente, no se registraron pérdidas. La causa principal de los fuegos  detectados fue la quema de pastizales y desechos. Posteriormente a ser levantado el sistema y como consecuencia del déficit hídrico imperante en el país, hubo algunos incendios que determinaron la afectación de aproximadamente 350 hectáreas de bosque. En resumen y como balance de la temporada, se puede destacar el importante y eficiente aporte del sistema a la protección de los bosques.

También la relevancia de continuar informando acerca de la necesidad de no realizar quemas a cielo abierto de ningún tipo en la temporada estival, algo que además está prohibido por el Decreto 436/07, que pena a quienes realicen cualquier tipo de quema en todo el territorio nacional desde el 1° de diciembre de cada año hasta el 30 de abril del siguiente.

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miércoles 01 de abril de 2015