Gobierno ajusta trámites ambientales para replantaciones forestales
El nuevo decreto, publicado el 13 de enero, ajusta ciertos requisitos para forestar en suelos con uso forestal previo y permite iniciar plantaciones mientras se tramita la autorización ambiental bajo responsabilidad del titular.
En un movimiento para el sector forestal uruguayo, el Poder Ejecutivo introdujo modificaciones a la normativa que regula las autorizaciones ambientales para proyectos forestales, especialmente en predios que ya han tenido uso forestal. El decreto, publicado el 13 de enero, representa un cambio importante en la gestión administrativa de las plantaciones forestales y promete agilizar los procesos para los productores.
Entre las modificaciones más relevantes destaca el cambio en el tipo de autorización requerida para plantaciones de más de 100 hectáreas en suelos ya forestados. Estos proyectos ahora deberán tramitar una Autorización Ambiental Especial (AAE) en lugar de la Autorización Ambiental Previa (AAP) que se exigía anteriormente, lo que implica un proceso más ágil.
Asimismo, la nueva normativa permite a los productores iniciar las plantaciones en suelos ya forestados bajo su propia responsabilidad, incluso mientras la autorización está en trámite. Esta disposición está condicionada a que el proyecto haya sido comunicado a la Dirección Nacional de Evaluación Ambiental (Dinacea) con al menos 30 días de anticipación al inicio de la plantación. “Antes de este decreto, los productores no podían empezar a plantar hasta no tener la autorización ambiental que en algunos casos puede demorar hasta un año en tramitarse”, se lee en una nota de El Observador, publicada el 22 de enero.

El gerente general de la Sociedad de Productores Forestales (SPF), Miguel Helou, destacó la importancia de esta modificación ya que las ventanas para todo el trabajo de preparación de tierra y plantación en el negocio forestal están muy circunscritas al otoño y a la primavera por lo que tener estas precisiones son un avance importante dijo a El Observador. A su vez, reconoció que los productores asumen el riesgo de tener que retirar lo plantado y enfrentar multas si el proyecto no es aprobado.
Para las plantaciones más pequeñas, entre 40 y 100 hectáreas en suelos ya forestados, la nueva normativa establece un sistema de registro ante Dinacea, válido por tres ciclos forestales (aproximadamente 30 años).
El decreto también introduce una definición más precisa de lo que constituye una «nueva plantación forestal», considerándola como «toda acción de plantar con especies forestales, en suelos que no hubieran tenido uso forestal previo». Esta clarificación elimina ambigüedades presentes en la normativa anterior y establece un marco más claro para los productores.
Desde la SPF entienden que «no se produjeron modificaciones sustanciales al marco normativo» y sí «se generaron precisiones» para «tener un trámite más ágil».
Ante esta modificación, el futuro ministro de Ambiente, Edgardo Ortuño, adelantó posibles revisiones bajo la próxima administración.
El contexto de estos cambios es particularmente relevante considerando que Uruguay cuenta con poco más de 4 millones de hectáreas de prioridad forestal, de las cuales menos de la mitad están actualmente plantadas. El 60% de las áreas no plantadas se concentran en los departamentos de Cerro Largo, Treinta y Tres y Lavalleja, lo que sugiere un potencial significativo para el desarrollo forestal en estas regiones.











